Por: James Cifuentes Maldonado.
Sobre la ley
1710 de 2014, con la cual se rinden honores a la Madre Laura, como ilustre
Santa colombiana, cuya legalidad está siendo examinada actualmente por la
Corte Constitucional, hay que decir que, en un Estado laico, es un despropósito
que exista un acto administrativo con ese alcance, sustentado en títulos
otorgados por jerarcas religiosos cuyos criterios y dogmas son, por naturaleza,
ajenos a los asuntos de la constitución.
De hecho, que el
Presidente de la República, con 200 personas más, en comitiva oficial, asistiera
al acto de declaración de la santidad de la Madre Laura, además de ser un
derroche, desvirtúa la neutralidad que el gobierno debe tener frente a temas
meramente confesionales.
¿Si a la célebre María
Luisa Piraquive, líder de la Iglesia de
Dios Ministerial de Jesucristo Internacional y del partido MIRA, le concedieran
un grado de santidad, debería el presidente asistir a su exaltación? ¿Cierto
que no cuadra? En el caso de los santos del Vaticano no debería ser distinto; que
se trate de la religión católica y el hecho de que esa congregación, en teoría,
agrupe la mayor parte de la población nacional, no hace la diferencia.
Si bien política
y religión son temas que históricamente y por conveniencia han ido de la mano,
el mundo civilizado ha ido separándolos y Colombia no puede retroceder ni
renunciar a la conquista que ha significado para los derechos civiles, y especialmente
para las minorías, la desvinculación del Sagrado
Corazón de Jesús, con ocasión de la constitución de 1991.
La ley dispone
perlas como estas:
“Autorícese al Gobierno Nacional para que la Santa Madre Laura Montoya
sea consagrada como la patrona del magisterio de Colombia”.
“Se
declara al municipio de Jericó como de Alto Potencial para el Desarrollo
Turístico, especial en los productos religiosos y culturales (museos y centros
históricos), para lo cual el Gobierno promoverá las inversiones en infraestructuras
turísticas necesarias para alcanzar el objeto planeado en este artículo”.
La piadosa ley,
además de exótica, se confunde entonces con el Plan de Desarrollo de Jericó, Antioquia, que es competencia de su Alcalde, quien perfectamente puede impulsar
el progreso de su municipio, sin necesidad de que el Congreso refrende
santidades que ya están reconocidas por la iglesia y acogidas espontáneamente por
el pueblo en su sabiduría.
No discuto los méritos de la Madre Laura, como tampoco
los de muchos otros colombianos que han consagrado su vida a la enseñanza, pero,
si sus actos y obras, además, son valorados desde la perspectiva de una determinada
creencia religiosa, ello se sale del ámbito de los asuntos del Estado. Porque
para el Estado, jurídicamente, existen ciudadanos ejemplares, pero no santos.
¿Y qué
dijo el procurador?
Como era de esperarse, la posición de la procuraduría en defensa de la
mencionada ley se ha dado ” in extenso”, categórica, sin hipocresías, sin
ahorros argumentativos y sin eufemismos para sugerir, sin pena ni sonrojos, que
ordenar el desplazamiento a Jericó de la mesa directiva del congreso, acompañado
del señor Presidente, para rendir homenaje a la Santa Madre, al igual que la construcción
de un mausoleo para la peregrinación de los fieles, la emisión de una moneda
conmemorativa, la construcción de una escultura, la pavimentación de una carretera y la implementación de un plan de desarrollo turístico para Jericó y pueblos
aledaños, constituye un acto de natural igualdad religiosa y de pluralismo.
Extraña uno como el señor procurador no tiene
esa misma apertura ideológica, la misma recursividad jurídica y esa misma grandeza para juzgar otros asuntos
que atañen a grupos poblacionales más relegados y más necesitados de su
comprensión y sobre todo de su protección, como se lo exige la
constitución.
Porque a decir verdad, a la iglesia católica le
sobran los abogados de oficio y los medios suficientes para construir mausoleos
y estatuas, sin recurrir a los dineros públicos, que se supone el procurador
debe defender. Igualmente no es necesario ni presentable que, bajo el pretexto de la exaltación de una
santidad fabricada en Roma, se imponga
por decreto el traslado y la concentración de recursos para favorecer a una
región en detrimento de otras con menos oportunidades. Pero eso, al señor
procurador, le parece de lo más normal y democrático. ¿Será qué pasaría lo mismo, si por cosas de la
vida el señor Procurador Ordóñez fuera un evangélico de iglesia de garaje y no
un caballero de la virgen?