Por James Cifuentes Maldonado
Ante el incendiario
comunicado de prensa de la Conferencia Episcopal, como rechazo al fallo de la Corte
Constitucional que viabiliza la adopción por parte de parejas homosexuales, me
pregunto: ¿Quién dijo que los asuntos doctrinarios de la iglesia pueden
equipararse a los asuntos fundamentales del Estado? ¿Quién dijo, en pleno siglo
XXI, que la moral religiosa puede ponerse al nivel de la ley?
La ley y el derecho,
como construcciones de la humanidad, pueden ser justos o injustos, perfectos o
imperfectos, pero no resiste juicios morales, porque la moralidad es un
criterio que surge de una creencia, de un dogma, de la subjetividad de un
individuo o de un grupo determinado que, por numeroso o influyente que sea, no
tiene el poder de imponerse a las instituciones o de desplazar la voluntad
soberana de una nación, interpretada por el máximo juez constitucional.
La Constitución
Nacional es la expresión del Contrato Social, ante el cual se rinden y se doblegan
todas las voluntades, en razón de los principios democráticos. La incitación
que el episcopado hace para que los colombianos manifiesten su rechazo a la
decisión de la Corte de validar la adopción de menores por parte de parejas
homosexuales, se sustenta artificiosamente en el hecho de que los católicos son
mayoría, pasando por alto que Colombia es una república basada en la pluralidad
y en el estado social de derecho y no en un credo religioso.
Ninguna organización
religiosa tiene la potestad de desacatar o deslegitimar las decisiones
judiciales en firme, ni de proponer el sacrificio de las libertades y los
derechos civiles en aras de sus preceptos morales, ni siquiera en el nombre de
Dios.
Los curas pueden
defender su idea de la sagrada familia e imponerla desde los púlpitos en sus
parroquias, a toda su feligresía, o divulgarla en sus libros de teología, pero
no pueden y no les queda bien, como líderes espirituales, subvertir el orden
jurídico y alentar a la desobediencia civil.
Los jueces de la
república no pueden administrar justicia con la camándula en la mano, porque su
deber y su misión se deben a un ordenamiento jurídico que es superior, dominado
por la Constitución Nacional y no por la Biblia o los evangelios.
Las convicciones religiosas
de los jueces, a lo sumo, pueden modular su talante
conservador o liberal, en mayor o menor medida, porque eso es algo que los
funcionarios no pueden dejar en la casa cuando se van al trabajo, pero de
ninguna manera, esas creencias, pueden determinar la negación o la distorsión
de los fines constitucionales de la nación, traducidos en los derechos
individuales de los ciudadanos ni de sus garantías civiles, en un modelo de
Estado laico, como lo es Colombia.

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